La Constitución española de 1978 y los estatutos de autonomía de las nacionalidades históricas plebiscitadas, Cataluña, Euzkadi y Galicia, hicieron posible el fin del monolingüismo jurídico castellano-centralista y la secular marginación, cuando no la prohibición de las otras lenguas españolas. La propia Constitución fue publicada en catalán, gallego y euskera en el Boletín Oficial del Estado, tema que conozco perfectamente por haber participado en el equipo traductor. Nos resultó grato a varios millones de ciudadanos españoles con lengua propia distinta al castellano. Por fin el Estado de Derecho de la nueva democracia lo reconocía oficialmente, facilitando su posterior desarrollo legislativo.
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