COMISIÓN: INTERIOR
La propuesta de veto número 6 ha sido presentada por el Grupo Parlamentario Vasco.
Para su defensa, tiene la palabra el senador Anasagasti.
El señor ANASAGASTI OLABEAGA: Señor presidente, señorías, no corren buenos tiempos cuando, en un contexto en el que proliferan las manifestaciones, la contestación política contra los recortes del sistema de libertades públicas y de derechos fundamentales, de los derechos económicos y laborales, utilizando el espacio público, se trata de incrementar el poder punitivo del Estado. La Constitución española se refiere solo en dos preceptos y de forma colateral, tanto a la seguridad ciudadana como al orden público. No son conceptos propiamente constitucionales, puesto que la Constitución se refiere a ellos de forma colateral. El artículo 16 se refiere al orden público, pero vinculado solo a dos derechos fundamentales: el derecho de libertad religiosa y el derecho de reunión y manifestación. Primera mención constitucional relativa al orden público.
Aquí se amplifica esta dimensión vinculada solo a un derecho, el orden público, al concepto anacrónico de orden público que se incorpora a esta ley y a todos los derechos fundamentales y libertades públicas previstos en la Constitución. Una amplificación que no tiene legitimación ni siquiera constitucional ni está ubicada en la jurisprudencia constitucional, y tampoco se reinterpreta así en la Constitución. Y el concepto de seguridad ciudadana está previsto en el artículo 104 de la Constitución, pero como presupuesto para el funcionamiento de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y de las demás policías integrales del Estado, también desde una perspectiva de noción o de concepto colateral al ordenamiento jurídico.
No son bienes jurídicos en sí mismos ni la seguridad ciudadana ni la noción de orden público y, sin embargo, aquí se elevan de categoría jurídica y se convierten en bienes jurídicos protegibles en sí mismos; no solo en bienes jurídicos protegibles, sino en bienes jurídicos de un rango jerárquico, idéntico o incluso superior al resto de libertades públicas y derechos fundamentales que prevé la Constitución, en tanto en cuanto ya no son solo el presupuesto para el ejercicio de los mismos o, como dice la jurisprudencia del Tribunal Constitucional —a veces el Tribunal Constitucional dice cosas curiosísimas—, ese estado de tranquilidad que garantiza el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas, sino que se convierte en una suerte de nuevo derecho fundamental o libertad pública cuyo detentador, cuyo depositario es la Administración punitiva, la Administración sancionadora. Esto suena a perversión de la noción de orden público y, sin embargo, inspira este proyecto de ley al que presentamos un veto, lo deslegitima y lo convierte en un proyecto de ley regulador de la potestad sancionadora o punitiva de la Administración, en este caso ilegítima y ajena al sistema de libertades públicas y derechos fundamentales previstos en la Constitución.
Pero el proyecto de ley hace más, le da una dimensión desmesurada a este concepto de bienes públicos, no solo extendiendo a todos los derechos fundamentales y libertades públicas la noción de orden público que recuperan a partir de la Ley de 1992, que también recuperó la anacrónica concepción de orden público, no de seguridad ciudadana, como una especie, no ya de presupuesto para el ejercicio de otros derechos, sino como un derecho en sí mismo, como un bien protegible en sí mismo.
Además, lo extienden manteniendo a lo que se denominan apoderamientos especiales o apoderamientos genéricos a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado cuando actúan, otorgándoles una facultad de actuación discrecional cuando aprecian ellas, también, discrecionalmente algún estado de necesidad o la pertinencia misma de su actuación en todas las materias que se regulan en este proyecto de ley.
En el artículo 14 —si lo leen detenidamente, lo verán— se mantienen los apoderamientos especiales y los apoderamientos genéricos, luego esta ley no sirve para casi nada si existen esos apoderamientos especiales o genéricos en tanto en cuanto los funcionarios de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado podrán actuar cuando consideren que concurre algún estado de necesidad o la pertinencia de una actuación que posibilite un cacheo, la exigencia del documento nacional de identidad o cualquiera de las otras potestades exorbitantes que dimanan del ejercicio de la función punitiva que corresponde a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y a sus funcionarios y que se mantienen en el artículo 14.
Además, es un concepto de orden público perverso el que sirve de fundamento a esta ley, porque es un concepto de orden público que está perfectamente descrito. Y no nos han tranquilizado al exponer su reflexión apologética en relación con esta ley, porque toda la facundia del mundo no sería suficiente para convencernos de que esta ley es pertinente y adecuada al sistema de libertades y derechos fundamentales previstos en la jurisprudencia constitucional. Pero ese concepto de orden público está identificado normativamente en los primeros artículos del proyecto de ley.
¿Qué se defiende a través de este proyecto de ley? Se defiende, en primer lugar, la preservación de lo que se denomina eufemísticamente estabilidad institucional. Se defiende, en segundo término, lo que se denomina el cumplimiento del ordenamiento jurídico, y el artículo 4 defiende, mediante la imposición de sanciones eventuales, vulneraciones del ordenamiento jurídico, que ¿quién las aprecia? Discrecionalmente las fuerzas policiales actuantes o las administraciones competentes, y con ese concepto de orden público, a través de esa norma, se positiviza o normativiza en el ordenamiento jurídico punitivo ese concepto de orden público. Y se pretende la preservación del statu quo, la preservación de determinados valores morales, de determinados valores jurídicos y de determinados valores políticos, cuya contradicción es objeto de sanción administrativa. Y luego, acometen otra operación, que dimensiona todavía más esta noción de orden público. Se procede, por tanto, por parte del legislador penal, a la desaparición del Libro III del Código Penal, a la desaparición definitiva de las faltas y a la reubicación prácticamente del 60 % de las mismas en esta ley en el ámbito sancionador administrativo, pero se hace de forma peculiar y, a nuestro juicio, inadecuada.
No utilicen como elemento de autoridad para legitimar este proyecto de ley los dictámenes del Consejo de Estado o del Consejo General del Poder Judicial, porque le han advertido de una cosa que no se ha tomado en consideración y es que las sanciones previstas en esta ley son de cuantía superior a las sanciones previstas por las faltas, que desaparecen. También las sanciones en relación con las faltas son de carácter pecuniario, son de carácter económico, con lo cual se produce un incremento del reproche punitivo en el ámbito de la competencia sancionadora administrativa, pero no solo eso, sino que, además, se produce una disminución de las garantías de los ciudadanos en tanto en cuanto la actuación de la jurisdicción penal se basa en la actuación de jueces independientes que utilizan las garantías propias del proceso penal. Pero la actuación administrativa se realiza desde una perspectiva de autotutela de los intereses de la propia Administración. Y no solo de autotutela, sino que el control jurisdiccional de los procedimientos administrativos basados en la autotutela de sus propios intereses o de sus propios posicionamientos políticos o morales, luego es objeto de control por otra jurisdicción, la contencioso-administrativa, que también está sujeta a la exacción de tasas judiciales y tiene mucha más demora en la resolución de los casos que la jurisdicción penal. Y, desde esa perspectiva, se reduce también el ámbito de las garantías y el ámbito de la protección jurisdiccional que deriva de esta traslación de las faltas que desaparecen del Código Penal y se reubican en esta Ley de seguridad ciudadana.
Por otra parte, ya para terminar de redondear esta especie de perversión del concepto de orden público, se produce un verdadero apoderamiento del espacio público por parte de la Administración. Apoderamiento del espacio público que se basa en las siguientes razones: el espacio público tiene que concebirse como una especie de espacio de tolerancia colectivamente configurado desde la perspectiva de una persona cuyo mecanismo de pensamiento se basa en principios democráticos y tiene la suficiente sensibilidad democrática a través de la interacción y a través del ejercicio de ciertos derechos como el de manifestación, el de reunión y el de participación en los asuntos públicos. Y, sin embargo, ¿qué se hace con este proyecto de ley? Sencillamente, vincular la utilización del espacio público solo a lo que está autorizado por la ley. No decimos que el espacio público no pueda ser objeto de control por parte de la ley en algunas ocasiones y que el espacio público se pueda utilizar para cualquier cosa por los ciudadanos, si para la creación de este espacio de tolerancia para la integración y el intercambio de opinión es a través de los derechos que esta ley limita peligrosamente y que, como decimos, son los de manifestación, reunión y participación en los asuntos públicos. Pero lo que no puede convertirse el espacio público es en un espacio cuya posibilidad de actuación en el mismo, por parte de los ciudadanos, esté limitada a lo que la ley autoriza y exclusivamente a lo que la ley autoriza. Esto es una regresión. Es una reducción grave de las posibilidades de utilización del espacio público por parte de los ciudadanos mediante el ejercicio de derechos fundamentales y, probablemente, con problemas de constitucionalidad. Y si no, al tiempo, porque lo veremos.
Luego se incrementa el número de conductas que son objeto de reproche sancionador administrativo y se incorporan la mayoría de las que estaban previstas en la Ley 1/1992. Se incorporan las faltas que se trasladan desde el Código Penal a este proyecto de ley y se incorporan otras nuevas, sin perjuicio de que se mantengan estos apoderamientos que permiten una actuación verdaderamente discrecional de las fuerzas y cuerpos de seguridad en el artículo 14. Y luego se pretende preservar el statu quo. Por eso, decimos que son malos tiempos para quienes quieren practicar actividades de contestación contra las políticas gubernamentales, sea del Gobierno que sea; malos tiempos, en definitiva, para la disidencia política.
Desde una perspectiva competencial, se provoca también otra disfunción que quiero poner de manifiesto y sobre la cual nos gustaría negociar con el tiempo, porque este proyecto de ley ya está dictaminado, en trámites ulteriores, incluso, a la aprobación de la ley.
Señores del Partido Popular, ustedes no reconocen como se deben reconocer las competencias autonómicas de aquellas comunidades autónomas que tienen competencias plenas en materia de seguridad pública y tienen policías integrales.
Se produce un reconocimiento confuso y perturbador de la totalidad del contenido, de la indemnidad del contenido de estas competencias en tanto en cuanto se utiliza una expresión que provoca esta confusión que es la palabra mágica y terrible: asimismo. Con «asimismo» parece indicarse que, asimismo, tanto las policías como las fuerzas y cuerpos de seguridad estatales, como las autonómicas, allá donde tengan competencias en materia de seguridad autonómica, pueden actuar en este ámbito en virtud de las previsiones de la Junta de Seguridad. En virtud de las previsiones de la Junta de Seguridad es una redundancia y no tiene ningún sentido. Las competencias de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de Cataluña, por ejemplo, están tasadas por sus estatutos de autonomía y no dimanan de los acuerdos de la Junta de Seguridad, ni en este ámbito ni en ninguno atinente a la seguridad ciudadana; están tasadas. Y las que también están tasadas son las competencias de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado: documento nacional de identidad, pasaporte, armas y explosivos, extranjería, etcétera. No obstante, este proyecto de ley produce una especie de inversión de los términos y parece que las tasadas son las competencias autonómicas y, las generales, las competencias estatales mediante una especie de desnaturalización absoluta, en nuestro caso, del artículo 17 del Estatuto de Autonomía de Gernika. Esta utilización del concepto «asimismo» y esta especie de vinculación de las competencias autonómicas a los acuerdos de la Junta de Seguridad es profundamente incorrecta. Las competencias autonómicas están previstas en el bloque de constitucionalidad, están previstas en el artículo 17 del Estatuto de Autonomía de Gernika y son totales. Y no se puede, mediante la utilización de conceptos como «asimismo», indiferenciar las potestades de actuación de policías estatales con policías autonómicas allá donde haya cuerpos o policías autonómicas integrales, que deben ejercer todas las competencias en materia de seguridad ciudadana menos las que están tasadas —estas sí que están tasadas— para el Estado, para la Administración que ustedes representan y paras las fuerzas y cuerpos seguridad del Estado.
Finalizo, señor presidente. En este proyecto de ley se hace referencia a las manifestaciones ante las asambleas legislativas de las comunidades autónomas y el Parlamento español, Cortes Generales, Congreso y Senado. Se prevé esta actuación para cuando se perturba el funcionamiento de estos órganos, pues, si no se perturba, no tiene sentido imponer ninguna sanción. Pero, señorías, perturbar el funcionamiento de estas instituciones ya está previsto como tipo delictivo —como un delito menos grave y grave en ocasiones— en el artículo 494 del Código Penal. Esto nos lleva a la última reflexión: que existe una duplicación de infracciones, que ya están previstas como administrativas y que son objetivo de sanción administrativa.
Por esta y otras razones, nuestro grupo parlamentario presenta este veto y votará a favor de los demás vetos.
Muchas gracias, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Anasagasti.
Turno en contra. Tiene la palabra, senador Aznar.
El señor AZNAR FERNÁNDEZ: Señorías, buenos días. Muchas gracias, presidenta.
Lamento que no esté el señor Anasagasti, pero el señor Cazalis seguro que le podrá trasladar esto que voy a decir: parece mentira que un hombre como el señor Anasagasti, con la experiencia que tiene, con los espolones que calza, haya dicho que son malos tiempos para la disidencia política; con lo que ha vivido el señor Anasagasti, con lo que viaja a Venezuela, con lo que conoce del mundo, me parece que no se sostiene que diga esto aquí.
Esperaba un debate sereno, señorías, como el de ayer por la noche, en el que se pudieron acercar posturas, en el que se pudieron poner ideas encima de la mesa, y no otras cuestiones; sin embargo, hemos comenzado oyendo descalificaciones. Se nos ha dicho que esta es la trilogía represiva, que producimos un recorte de los derechos fundamentales e incluso se ha acusado al Grupo Popular de tener nostalgia de otros tiempos. Se ha hablado de brutalidad policial y, señora Capella, esto no es admisible. Desde el respeto que personalmente le tengo ¿dónde tiene usted la patente exclusiva de la defensa de los derechos humanos? ¿Quién le otorga a usted la autoridad moral para repartir carnés de demócratas, para repartir carnés de defensores de derechos y libertades? No es admisible lo que usted ha dicho en esta sala, señora Capella. (Aplausos).
Señora Mendizabal, solo nos faltaba ya oír a los senadores que hoy ocupamos estos escaños que Amaiur nos viniera a dar lecciones de democracia. He visto mucho en política, pero me quedaba por ver esto, y esta mañana usted lo ha hecho. Pero ¿cómo tiene usted fuerza moral para hablar de represión a este grupo o a estos grupos? Represión, señoría, es tener contra su voluntad y en condiciones inhumanas secuestrada a una persona durante 532 días y no condenarlo.(Aplausos). Eso es represión. Represión son los tiros en la nuca.
Señoría ¿habla usted de mordaza? ¿Qué nos tendrían que decir los miles y miles de vascos que han tenido en las últimas décadas que abandonar Euskadi por la mordaza que amigos suyos les han puesto y con las dificultades que se han encontrado para vivir en el propio territorio de sus mayores a lo largo de estas últimas décadas? ¿Y tiene usted la fuerza de venir aquí a acusarnos a los demás de estas cuestiones? Perdóneme, pero eso no es tampoco admisible.
Por lo tanto, vamos a ver si podemos entrar en el debate serio y voy a dar por no oídas las cuestiones que ustedes nos han planteado.
Señorías, estamos hoy ante un debate interesante, con 8 vetos, y ese número de 8 vetos se ha utilizado como un argumento de autoridad para decir que toda la oposición está en contra de esta ley, así que algo habrán hecho ustedes mal. Sin duda, hacemos muchas cosas mal, y lo sabemos, pero le recuerdo al representante, a mi querido amigo el senador Sendra, de Convergència i Unió, que ustedes en el Congreso de los Diputados también pidieron la reforma de esta ley. Y estoy convencido, porque es un hombre sensato, que si no estuviéramos en los momentos preelectorales en que estamos, probablemente su grupo apoyaría esta ley, mejorándola, como hace usted siempre a través de sus enmiendas, pero apoyarían esta ley. Y no solo sería así con su grupo, sino también con algún otro, pero estamos en la época en que estamos.
Se ha dado aquí como un argumento que los españoles, según el CIS, no consideran necesaria esta ley. Bonito argumento, por otra parte.
Señorías, hay otros argumentos y después de veintidós años ―aunque al señor Saura no le haya gustado― se ha generado mucha jurisprudencia, y el incorporar la jurisprudencia que se ha producido durante los veintidós años de vigencia de la anterior ley sí es una razón.
Hay recomendaciones de los distintos defensores del pueblo que se incorporan en esta ley, pero nadie lo ha dicho; hay recomendaciones de alcaldes y de organismos internacionales que también se incorporan a esta ley, como a continuación veremos.
Por lo tanto, estamos intentando no solo acompasar, como alguien ha dicho con razón, esta reforma con la del Código Penal sino mejorar la ley y hacerla más garantista, como intentaré explicar a continuación.
Señorías, es verdad que cuando se habla de derechos y de libertades, de seguridad, todos estamos comprimidos por un corsé ideológico. No lo vamos a negar y eso nos hace ver las cosas de distinta manera a unos y a otros.
Señorías, señora Mendizabal ¿es un derecho fundamental para usted la kale borroka? Porque parece que sí. ¿Ve usted cómo el corsé ideológico nos hace ver las cosas de distinta manera? (Aplausos). La defensa que tenemos que hacer de los derechos humanos unos y otros es similar. Cada uno, desde nuestras creencias, desde nuestras convicciones, lo que tenemos que hacer los demócratas —y en esta sala estamos demócratas— es buscar puntos de convergencia, y eso es lo que a mí me gustaría que hiciéramos a lo largo de esta jornada.
Señorías, a la vista de lo que he leído en los textos que presentaron como moción y lo que han dicho aquí a lo largo de estos minutos en defensa de los mismos, se han quedado ustedes en el anteproyecto, y el señor Saura era muy gráfico, como siempre. Señor Saura —un hombre estudioso como es usted, podrá y tendrá oportunidad de leer el Diario de Sesiones— ha estado usted permanentemente refiriéndose al anteproyecto, lo leerá en el Diario de Sesiones y tendrá oportunidad de rectificar en el siguiente turno. Ustedes, cuando este Gobierno, probablemente con una mala praxis, sacó a la luz el anteproyecto hace casi dos años etiquetaron el proyecto: ley mordaza, y hubo un lanzamiento de marketing: nos han dado la oportunidad de dar caña al Gobierno; permítanme la expresión, para quitar a esto un poco de hierro.
Se acuña el término de ley mordaza y a partir de ahí ya no nos importa si la ley ha cambiado o no; ya no nos importa que haya sufrido un trámite larguísimo en el que se ha escuchado al Consejo General del Poder Judicial, al Consejo Fiscal y al Consejo General de la Abogacía, incorporando todas, o la mayoría de las cuestiones sustantivas que planteaban a este texto; por lo tanto, criticar este texto con los argumentos que el propio Consejo hacía cuando analizó el anteproyecto, me parece que es en este momento por lo menos inútil.
Señorías, ustedes están citando permanentemente al Relator de la ONU, que me merece todos los respetos, pero no me merece menos respeto el Consejo de Estado de nuestro país. Y les voy a leer textualmente lo que dice el Consejo de Estado: El texto guarda una prudente ponderación y contrapeso entre los valores de libertad y seguridad, pues entendiendo la libertad en su versión subjetiva, como el derecho de cada uno al libre desarrollo de su personalidad, encuentra el límite en el derecho de los demás y se integra en un orden político y de paz social jurídicamente organizado. Esto, señor Saura, es textual, es lo que dice el Consejo de Estado en relación con el proyecto que hoy traemos aquí. Por lo tanto, está muy bien citar a los relatores de la ONU, que nos merecen, como digo, todos los respetos pero, aquí los tenemos también, no son exclusivos en cuanto al juicio que pueden hacer de nuestras leyes.
Me gustaría hacer un mínimo recorrido agrupando por bloques la crítica que ustedes han hecho —yo creo que han coincidido básicamente unos y otros— y dar una pequeña pincelada en relación con el primero de ellos. Critican el tema de las faltas, y dicen —creo que sin razón— que esta es una mala praxis. Se olvidan también de que esto era recomendado no hace muchos meses por el Consejo Fiscal, entre otros, y por el propio Consejo General del Poder Judicial. Ustedes critican el tema de las faltas, pero yo, a pesar de que ayer hubo un brillante debate en el que mis compañeras defendieron esta cuestión, solamente quiero hacer un mínimo comentario. Al desaparecer las faltas del Código Penal como categoría de infracción penal, hay conductas del ámbito al que corresponde esta ley, señor Iglesias, que quedarían destipificadas. A nuestro entender, muchas de esas conductas son merecedoras de sanción, y nos parece que es una buena medida, al menos desde nuestro punto de vista, pasarlas del ámbito penal al ámbito administrativo. Repito, esto hace unos meses lo recomendaba el mundo de la fiscalía, el judicial, el académico y hoy ustedes se han referido a ellos constantemente, pero no han hecho ninguna alusión a que esta era una recomendación que hacían.
Tal vez, señorías, la acusación más grave o la crítica más fuerte que hacen a la ley es que es una restricción de los derechos de reunión, manifestación y huelga. Yo creo que con la mera lectura del artículo 23 de la ley sería suficiente para ver que esto no es así. El artículo 23 establece: Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para proteger —señor Anasagasti— la celebración de reuniones y manifestaciones, impidiendo que se perturbe la seguridad ciudadana. (El señor vicepresidente, Lucas Giménez, ocupa la Presidencia). Por tanto, la propia ley en positivo manifiesta a través de su artículo 23 cuál es la voluntad en orden a manifestaciones y reuniones. Saben, señorías, igual que yo, que en nuestro país las manifestaciones no requieren autorización previa, y esto no se modifica para nada. Simplemente una mera comunicación a las delegaciones de Gobierno es suficiente para que se pueda celebrar una manifestación en este país.
Por lo tanto, ¿qué es lo que se puede sancionar, a pesar de lo que dicen ustedes? Pues se puede sancionar como una infracción leve, señorías, la no comunicación de la manifestación, el resto está protegido. Y la manifestación o cualquier reunión de ciudadanos con el fin de llamar la atención sobre cualquier cuestión se protege en dos órdenes: primero se protege a los ciudadanos que acuden a la manifestación y, segundo, se protege y se impide que, aprovechando la reunión de manifestantes pacíficos, haya elementos, grupos externos minoritarios, que provocan lo que todos estamos viendo a través de las noticias de los telediarios cada día o casi siempre que se produce una manifestación en España.
Señora Mendizabal, ¿qué debiera hacer la ley?, ¿proteger a esos angelitos encapuchados que cada vez que hay una manifestación en el casco viejo se dedican pacíficamente a quemar contenedores, pacíficamente a quemar autobuses, pacíficamente a romper cajeros? ¿Eso es lo que debería proteger esta ley, según usted, para que las manifestaciones estuvieran perfectamente respetadas en España? Evidentemente, no. Y si ustedes piensan así, será su problema; nosotros pensamos justamente de forma distinta. La ley, por tanto, establece esa doble protección: protege a los manifestantes pacíficos y protege a los ciudadanos que pudieran verse molestados en su pacífico circular por elementos extraños a las manifestaciones.
¿Cuál es la molestia que les causa esta norma, señorías?, ¿que solamente sea una infracción leve el no comunicar?, ¿debiera ser una infracción mayor?, ¿que se considere infracción grave las acciones violentas dentro de las manifestaciones? ¿Eso les perturba, señorías? Yo creo que si se hace una lectura desapasionada del texto, si intentamos ser objetivos con la ley, nadie desde la razón puede decir que esta ley perjudique mínimamente el derecho de manifestación, el derecho de huelga.
Voy a hacer algo que me parece importante. Nosotros hemos negociado con distintas asociaciones, agrupaciones, y con los sindicatos también. En el curso de estas negociaciones, y ya cuando la ley estaba en el Senado, el Grupo Popular introdujo enmiendas en relación con este tema. Nos preocupaba mucho cuál era la opinión de los sindicatos en lo que la ley afectaba al derecho de huelga o de manifestación. Señorías, con base en esas negociaciones presentamos varias enmiendas. Les leo brevísimamente lo que dicen Comisiones Obreras y UGT en relación con esas tres enmiendas. Respecto a la enmienda número 217, dicen: Se recogen en esencia las críticas sindicales a dicha norma. Enmienda número 218 del Grupo Parlamentario Popular: Con ella se acoge la propuesta sindical tanto en lo que se refiere a la definición de la conducta como a los criterios de imputación de la responsabilidad. Y por último, respecto a la enmienda número 219, dicen los sindicatos: Con ello se acoge también en esencia la propuesta sindical, corrigiendo la posibilidad de poner sanciones ante la mera presencia de personas ajenas al centro de trabajo. Es decir, señorías, los sindicatos avalan la presentación de las enmiendas que el Grupo Popular hizo para mejorar el texto de esta ley. Por tanto, créanme, a nosotros nos da mucha tranquilidad tener ese aval.
Pero voy más allá. Algunos de ustedes han citado a Amnistía Internacional como un elemento de autoridad, y, señorías, los informes de Amnistía Internacional los tenemos todos y nos los leemos al menos con el mismo interés que ustedes. Tengo aquí el texto de Amnistía Internacional y les voy a leer unos párrafos muy breves en relación con algunos de los artículos. Por ejemplo, artículo 23: Amnistía Internacional da la bienvenida a la inclusión en el proyecto de la obligación expresa de proteger la celebración de manifestaciones. Textual. Artículo 35: Amnistía Internacional da la bienvenida a que las medidas de intervención de la policía, llegado el caso, sean graduables y proporcionales. Aval también de Amnistía Internacional. Y podría seguir. Es verdad que Amnistía Internacional discrepa en muchas cosas. ¡Faltaría más! Amnistía Internacional no legisla en este país, pero reconoce muchos de los aspectos positivos de esta ley, y eso no lo dicen ustedes.
Señora Capella, una vez más plantea usted que la ley otorga a la policía un poder excesivo. Amaiur habla de impunidad; en fin, eso no merece comentario. Señorías, si leyésemos, repito, sin pasión el texto de la ley, veríamos que se crea un marco para el trabajo de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que hasta ahora no existía, las leyes anteriores no lo contemplaban. Artículo 16, otra de las cuestiones que ustedes critican a la que se ha referido el señor Saura o el señor Bruguera —perdónenme, no lo recuerdo bien—: Solo se permite la identificación en dos supuestos: cuando existan indicios racionales de delito cometido o cuando racionalmente se pudiera prevenir un delito. Amnistía Internacional también hace un comentario favorable a este respecto. Por tanto, repito, vamos a leer la ley sin pasión.
Identificación policial. Ahora más que nunca se establecen garantías a través de esta ley para hacer la identificación policial que antes no existían, y así lo reconoce Amnistía Internacional. En cuanto a las identificaciones en la calle, ahora la fuerza actuante necesita una serie de condicionantes para solicitar la identificación a una persona. Esas garantías antes no existían. Por tanto, estos son avances que la ley establece. Algunos de ustedes también se han referido a la práctica de los cacheos. Pues bien, por primera vez en nuestro país y en un texto legal se condiciona y se enmarca la forma en que se ha de realizar un cacheo. Son nuevas garantías para los ciudadanos.
Repito, si leemos la ley de forma desapasionada, de forma sesgada y sin hacer otras interpretaciones, podríamos llegar a un acercamiento mucho mayor que el que podría surgir del debate de esta mañana. Señor Saura —este sí ha sido usted—, ha hablado del uso no autorizado y ha dicho que la ley penaliza el uso de ciertas imágenes. Pues leamos el artículo, que dice exactamente: El uso no autorizado de imágenes —estamos hablando de infracciones graves— o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que puedan poner en peligro la seguridad familiar, personal, y siempre respetando el derecho fundamental a la información. ¿En qué se parece esto a lo que usted ha dicho, señor Saura? Es decir, se respeta por encima de todo el derecho a la información y solo en aquellos casos en que pueda haber peligro para las personas se prohíbe el uso de esas imágenes. Por tanto, hay una lectura sesgada de la ley, señorías, y eso no conduce a llegar a acuerdos.
Cómo puede ser que el Partido Socialista critique la cuantía de las sanciones —no sé si es el Partido Socialista o el Partido Socialista Catalán, perdóneme, señor Cascallana, pero como hay un bis, a veces uno se confunde— cuando son las mismas exactamente de hace veintidós años. Repito, las mismas de hace veintidós años, fíjese si ha corrido el agua debajo de los puentes. Pues bien, esas mismas sanciones económicas que hoy se gradúan, en las que hoy se establece una proporcionalidad, intentan ver cómo afecta a la capacidad económica del sancionado, buscando la proporcionalidad, y, sin embargo, esto es motivo de crítica. Pues bien, señor Iglesias —creo que ha sido usted el que lo ha criticado—, evidentemente, no puedo estar de acuerdo. El artículo 33.2 g) establece claramente que una de las condiciones que habrá de tenerse en cuenta a la hora de graduar la pena, la sanción, será la capacidad económica del infractor. Esto no tiene antecedentes en la legislación española. Estamos hablando de sanciones en un tema tan serio como la seguridad ciudadana y son equiparables perfectamente a las que se producen en un campo de fútbol por dar gritos o por cánticos violentos, o a las que se establecen en la normativa antitabaco. Señorías, les pongo estos ejemplos para que tengan una idea clara de lo que estamos hablando.
En mi opinión, analizando punto por punto como estamos haciendo, hemos dado cumplida respuesta sin poder entrar, obviamente, en el detalle de todos y cada uno de los temas, pero hay una cuestión que nos preocupa seriamente —como creo que a todos los grupos, señor Cascallana—, y es la referencia a la disposición adicional décima. Me alegra mucho lo que usted ha dicho, que podríamos haber llegado a un acuerdo en este asunto. Pues bien, yo creo que si no es ahora, podamos llegar en un futuro, porque lo que ha ocurrido en Ceuta y Melilla, lógicamente, preocupa a todo español de bien.
Señorías, introducir aquí esta enmienda, buscando el dificilísimo equilibrio entre la defensa de los derechos humanos, la protección a las personas maltratadas por las mafias que llegan a nuestras fronteras, la defensa de las propias fronteras, el derecho de asilo, la seguridad jurídica de nuestros guardiaciviles, que son los que están en primera línea de batalla, etcétera, es complicado, y por eso, como usted ha dicho, y yo lo reitero, hemos hablado con todas las organizaciones que más pueden aportar a esta cuestión, basado en su experiencia. Usted ha citado concretamente a Acnur. Pues bien, con Acnur hemos estado y estamos hoy hablando, y vamos a seguir haciéndolo porque Acnur nos reclama un protocolo que suponga una vía de funcionamiento para los guardiaciviles que están en frontera.
Señorías, técnicamente no cabe citar el protocolo en la ley y esa es la razón de que no se vaya a citar, pero creemos que además es muy de agradecer la postura que Acnur ha mantenido con el Gobierno y con este asunto con objeto de dialogar y aportar permanentemente sus conocimientos en la materia, que son muchos. Puedo garantizarles —y este es un compromiso del Gobierno— que se va a seguir hablando con Acnur hasta que haya definitivamente un protocolo, una forma de actuación, para que no solamente se plasme en el texto de la ley tal como queda hoy día, diciendo que cualquier rechazo se hará de acuerdo con las normas internacionales y la protección de los derechos humanos, pues eso ya se plasma en la ley, sino la forma práctica en que haya de hacerse.
Voy terminando, señorías. Pueden creerme cuando les digo que este Grupo Popular y este Gobierno al que sustenta saben de qué lado están. Lo vimos ayer en el debate del Código Penal y en el posterior debate que se produjo a altas horas de la noche. Señorías, este grupo está y estará al lado de las víctimas, estaremos al lado de los ciudadanos que respetan la ley y la convivencia, estaremos al lado de los ciudadanos que pacíficamente se quieran reunir y manifestar. Por tanto, y en función de que sabemos dónde estamos, les traemos hoy aquí una ley en la que se rebaja el listón del castigo —no lo olviden, porque me parece importante—; una ley que, a pesar de las críticas, aumenta las garantías de los ciudadanos, reduciendo amplísimamente el ámbito de discrecionalidad de las fuerzas del orden; una ley que enmarca los códigos de actuación de las policías, señor Sendra, de las del Estado y de las suyas. Estamos proponiendo, señorías, una ley perfectamente equiparable a cualquier ley de nuestro entorno europeo. Por consiguiente, estoy convencido —lo digo una vez más— de que si el momento preelectoral que estamos viviendo no fuera éste, algunos de los grupos que hoy han vetado la ley la apoyarían e intentarían mejorarla con sus enmiendas.
Este Gobierno y este grupo que lo sustenta se pueden equivocar. De hecho, nos equivocaremos muchas veces, pero lo que estamos haciendo lo estamos haciendo con el convencimiento de que ésta es la mejor manera de defender un espacio en libertad para el disfrute pacífico de los derechos de los ciudadanos. Por lo tanto, señorías, vamos a seguir con nuestra ley. Agradecemos las aportaciones que se han hecho en forma de enmiendas y que luego votaremos, y confiemos en que esta ley en los próximos años tenga por lo menos una vida tan larga, y espero que exitosa, como la tuvo en los veintidós años anteriores la ley que ahora va a quedar derogada.
Muchas gracias. (Aplausos).
El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias, señor Aznar.
Pasamos al turno de portavoces.
Pasamos al Grupo Parlamentario Vasco. Tiene la palabra el senador Anasagasti.
El señor ANASAGASTI OLABEAGA: Gracias, señor presidente.
Sí, senador Fraga, le estaba escuchando desde mi despacho y sé que ha empezado su disertación diciendo... (Risas). Ha dicho de todo. Y yo he tratado de ser bastante exquisito y no he utilizado adjetivos gruesos ni me he metido en lo personal, porque le tengo un gran respeto, lógicamente, no solo a lo que dice, sino a lo que escribe, que lo leo con mucho interés. Incluso ha hablado de Venezuela. Fíjese, últimamente yo no puedo ir a Venezuela porque, entre otras cosas, me llaman escuálido, y eso que estoy de buen año. Usted ha intervenido casi como Nicolás Maduro con Obama, diciendo no sé qué cosas de todo el mundo: ¡Todo el mundo es enemigo! ¡Todo el mundo no nos quiere! ¡Todo el mundo dice que esta ley es mala! Hombre, si todo el mundo lo dice, por algo será, no tenemos manía persecutoria. Y con este tipo de cosas no se suele jugar y no se debe jugar.
Me ha dicho que tengo espolones. Pues sí, soy un gallo de pelea, no en esta ley. En este momento estamos en clave de meter goles al Real Madrid como leones de San Mamés más que como gallos de pelea, que eso viene bien.
Me ha llamado la atención, incluso me ha desengañado, el hecho de que usted haya argumentado como ha argumentado después de la intervención de la senadora Amalur Mendizabal. ¿Es que no tiene usted otros argumentos que decir, siempre lo mismo? Es decir, yo no voy a defender al grupo parlamentario, se defienden ellos solitos, pero estoy seguro de que defiendan el cacahuete, defiendan la navegación fluvial en el Guadalquivir, defiendan Eurodisney, defiendan el pistacho, les van a sacar lo de siempre. Tengan ustedes otros argumentos. Eso es un poco demagogia, independientemente de que Herri Batasuna en el pasado haya apoyado a ETA. Pues sí, pero aquí hay otro tipo de argumentaciones. Por eso, usted ha llevado el agua a su molino y ha dicho que esta ley es maravillosa. Hombre, no estaría mal, si es tan maravillosa y es una ley tan importante, que hubiera estado el ministro del Interior. Usted, que tiene relación directa con el Ministerio del Interior, pregúntele cómo se dignifican las leyes. Pues con la presencia, con el simbolismo, con el aplauso. Además, el aplauso lo hacen muy bien, empezando por el señor Ibarrondo y terminando por el señor Rabanera, es decir, saben cómo hay que aplaudir. Y esta es una ley para ustedes para aplaudir, para nosotros no. No creo que nosotros tengamos que aplaudir nada, porque tenemos un cierto temor a la gente cuando se pone un uniforme. Usted sabe que la gente cuando se pone un uniforme cambia, por eso, no hay que dar a la gente que tiene un uniforme muchos argumentos para que colisione con derechos fundamentales. Por eso, hay que acotar muy bien temas.
Además, yo podría intervenir de otra manera, pero mire, me voy a tomar el poco tiempo que tengo para leer una carta firmada —por lo menos tiene un montón de sellos aquí— por una serie de organizaciones y asociaciones de derechos humanos europeos y que me imagino que todos los grupos parlamentarios han recibido. Y fíjese lo que dice: «Las organizaciones abajo firmantes escribimos para instarles tanto a ustedes como a sus grupos parlamentarios a que voten en contra del Proyecto de Ley Orgánica de seguridad ciudadana, una ley que, de ser aprobada, supondrá restricciones desproporcionadas de la libertad de reunión y de la libertad de expresión y perpetuará la práctica discriminatoria de utilización de perfiles étnicos por parte de la Policía.» Y esto no lo dice el PNV, ni lo dicen otros grupos parlamentarios: lo dicen una serie de asociaciones que no tienen por qué decir una cosa que no obedece a la realidad. Fíjese, empieza diciendo: restricciones excesivas a la libertad de reunión.
«Nos preocupa que los espacios públicos ya no serán espacios para la participación política. Esto infringe los estándares internacionales de derechos humanos. Si se llega a aprobar el proyecto de ley,...» —que se va a aprobar— «... se sancionarán distintos tipos de protesta pacífica como la ocupación de cualquier inmueble, vivienda o edificio ajenos, o incluso las manifestaciones frente a la sede del Congreso de los Diputados, el Senado...» —fíjese, incluso hablan del Senado; casi nadie habla del Senado; pues estos señores se han dado cuenta de que existe el Senado; no está mal— y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, lo que, según el relator especial de Naciones Unidas sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica, constituye una restricción desproporcionada a la libertad de reunión.» (El señor presidente ocupa la Presidencia).
«Otro aspecto extremadamente preocupante del proyecto de ley es que da pie a la imposición de multas en caso de protestas pacíficas espontáneas, lo que va en contra de los estándares internacionales de los derechos humanos. Los artículos 37.1 y 35.1 del proyecto de ley sancionan determinadas formas de protestas si no se cumple el requisito de la comunicación previa.
El derecho a la libertad de reunión solo puede ser restringido en casos específicos como, por ejemplo, cuando exista peligro o violencia. Por ello, las sanciones mencionadas son injustificadas. Además, una infracción nueva incluida en el artículo 37 impone una multa por incumplimiento de las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público, reunión o manifestación, cuando provoquen alteraciones menores. Si el peligro evidente y grave para las personas o los bienes no existe, la limitación de un derecho fundamental como el de la libertad de reunión no está justificada. El relator especial de la ONU —que no debe ser un peligroso extremista ni un populista bolivariano— dice que sobre el derecho de la libertad de reunión pacífica ha expresado su profunda preocupación acerca del proyecto de ley y las desproporcionadas y excesivas restricciones que impondría al derecho de reunión pacífica, y ha solicitado a las autoridades españolas...» —ya sabemos el resultado que ha tenido todo esto— «... que aseguren que cualquier restricción al libre ejercicio del derecho de libertad en una reunión pacífica cumpla las obligaciones derivadas del derecho internacional de los derechos humanos.» Ya sé que usted me va a decir que este tipo de cuestiones se han modificado con algunas enmiendas, pero sigue el espíritu que impregna este proyecto de ley, que es lo que a nosotros nos preocupa, y no tanto lo que diga el legislador, sino lo que dice quien ha redactado este proyecto de ley y lo que tiene en la cabeza. Fundamentalmente hace sospechar que todo el mundo va a conculcar los derechos humanos y que, por tanto, hay que atajar y restringir de alguna manera los derechos fundamentales.
«Aquí hay una limitación desproporcionada a la libertad de expresión. Si se aprueba esta ley...» —que se va a aprobar— «... introducirá restricciones excesivas y desproporcionadas al derecho de libertad de expresión, sancionará el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, lo que, además de violar la libertad de expresión de los ciudadanos, puede conllevar la impunidad de la policía, y en muchos casos estas imágenes son la principal prueba utilizada en los procesos por malos tratos policiales. El proyecto de ley también sanciona las faltas de respeto y consideración, cuyo destinatario sea un miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad, lo que podría llevar a la imposición de multas por expresar opiniones críticas de las actividades policiales.»
Y termina: «Aunque el proyecto de ley prohíbe expresamente la discriminación en las identificaciones y cacheos y registros policiales, para la prevención de estas prácticas ninguna de las medidas recomendadas por las instituciones internacionales que se ocupan de la protección de los derechos humanos. Para empezar, el proyecto de ley no establece una definición concreta y una prohibición clara del uso de perfiles étnicos para la práctica de identificaciones y registros policiales, a pesar de que este sea un problema generalizado en España, pero, por otra parte, el proyecto de ley no estipula unas directivas claras y concretas como, por ejemplo, la existencia de una sospecha real y razonable a la hora de llevar a la práctica las identificaciones y registros, como tampoco implementa otras medidas para documentar las identificaciones y registros y prevenir así la discriminación policial. Carece también de un mecanismo independiente de supervisión y queja para controlar la actividad policial a pesar de que diversas instituciones de derechos humanos han recomendado la existencia de tal organismo.»
Y concluye: «Por todas estas razones, le instamos encarecidamente a usted y a su grupo parlamentario a que voten en contra del Proyecto de Ley de seguridad ciudadana.» Es lo que vamos a hacer, y no solamente por esto —pues, efectivamente, algunas de estas cuestiones ustedes ya las han corregido—, sino porque consideramos que este proyecto de ley se ha hecho desde unos intereses determinados, en un momento determinado y, sobre todo, con una historia en el pasado determinada y porque, habida cuenta de que se trata de un asunto de seguridad ciudadana, deberían haber tenido ustedes un poco más de consideración.
Señor Fraga, insisto: nosotros no hemos querido hacer demasiado hincapié en otros aspectos porque lo que dice la Constitución española y lo que este proyecto de ley va a tratar de consagrar colisionan muy frontalmente.
Por todo ello, señor presidente, nuestro grupo parlamentario va a votar a favor de todos los vetos y, lógicamente, de nuestro propio veto.
Muchas gracias, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Anasagasti.
Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el senador Aznar.Núm. 147 Pág. 14085 12 de marzo de 2015
El señor AZNAR FERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente.
Señorías, vamos a ir de forma rápida. Por cierto, no está el señor Atutxa, Senador Cazalis, si puede, avísele. (Risas).
Senadora Julios, discúlpeme, lo digo cordialmente, pero yo creo que ha llegado usted una hora tarde al debate, y me sorprende que hable usted en nombre de Canarias. Como mucho, podrá hablar usted en representación de un electorado muy respetable de Canarias, pero, que yo recuerde, mis compañeros del Grupo Popular que se sientan por aquí son los que ganaron las elecciones en Canarias mayoritariamente. Si ahora usted se erige en la representante del pueblo canario, creo que está usted mal en la onda. (Aplausos).
Senadora Capella, me dice usted que no reparte credenciales. No debiera repartir credenciales, no debiera; pero cuando usted se permite juzgar con la dureza con que lo ha hecho antes, sin ninguna base de ningún tipo —porque no creo que a ninguno de los senadores que se sientan en estas bancadas usted pueda acusarles con el dedo de tener ni un minuto antidemocrático—, todo lo que ha dicho usted en relación con otra época me parece que está absolutamente fuera de lugar. Y sabe que respeto mucho sus planteamientos, bien es cierto que no los puedo compartir, porque me parece que son los planteamientos de la izquierda decimonónica más rancia, señoría (Aplausos.— Rumores), y por eso no vamos a coincidir. Pero aun así respeto sus planteamientos. (Rumores).
Señor Iglesias, dice que hacen falta mayores garantías. Sinceramente, a mí su discurso me parece muy serio pero creo, repito, que está muy encorsetado, como lo estamos probablemente todos en nuestras creencias, en nuestra propia ideología, y a partir de ahí probablemente limitamos nuestro campo de visión. Esta ley —y ahora hablaré en el relación con otros portavoces también— lo que hace es ampliar las garantías que había hasta ahora, señoría. Por lo tanto, si usted las ve de esa manera yo le respeto, pero, desde luego, no puedo compartirlo.
Ha puesto usted el ejemplo de 50 sombras de Grey, y eso es que lo tiene muy asumido. A mí me gustaría que identificase a los personajes, porque yo creo que ni usted ni yo damos el tipo. (Risas). Probablemente tenga usted otros tipos en la cabeza. (Aplausos.— Risas).
Senador Atutxa, yo no sé si no le han transmitido bien lo que yo dije. Yo decía que un senador que a veces se sienta aquí, al que yo admiro por su trayectoria democrática, al que leo, porque además de interesante lo que escribe es divertido, a veces dice cosas que, desde mi punto de vista y dicho con todo el respeto, no se compadecen con la realidad. He citado una frase textual suya y he dicho que parece mentira que usted diga en este Senado, en el siglo XXI, que no son buenos tiempos para la discrepancia. Yo creo que con lo que usted conoce, con lo que usted ha vivido antes del 78, y antes del 77, con lo que usted conoce de otros países que se dicen democráticos —y he citado Venezuela porque sé que le duele a usted especialmente ese país—, que diga que en este Senado y en este Parlamento no son buenos tiempos para la discrepancia creo que es un exceso que estoy convencido de que ni usted mismo defiende. Por lo tanto, a eso me refería desde el máximo respeto, como siempre. (Aplausos).
El señor Bruguera y posteriormente con el eco del señor Cascallana nos anticipan la escasa vida que va a tener esta ley —iba a ponerles un calificativo cariñoso, pero por si acaso no lo voy a hacer—. Se han metido ahora ustedes a adivinos los dos y parece que si siguen con la lista de derogaciones que van a hacer cuando lleguen al Gobierno van a llegar ustedes a derogar hasta el Código de Hammurabi, señoría. Dejen de derogar porque las recetas que usted nos ha ofrecido hoy en esta tribuna nos han traído adonde estábamos hace tres años (Rumores), y no vamos a insistir en eso. Acusar ahora a este grupo de que con sus reformas —gracias a las cuales, señorías, hemos salido del pozo donde estábamos, al menos eso es lo que pensamos nosotros y parece que es lo que dicen los datos objetivos— causa inestabilidad social tampoco se compadece con la realidad.
Señor Saura, usted ha gobernado y ha gobernado en un área muy complicada. Usted en el año 2009, si no estoy mal informado, era consejero de Interior de la Generalitat de Catalunya. Usted lo pasó muy mal y los que le conocemos desde el punto de vista personal, los que hemos tenido la oportunidad de conocerle aquí y sabemos de su trayectoria estamos convencidos de que sufrió en sus carnes cuando le criticaban a usted por los excesos de los Mossos d’Esquadra en la represión de las violentas manifestaciones de estudiantes que protestaban por el Plan Bolonia. A usted, como máximo responsable de los Mossos d’Esquadra le criticaban duramente, y estoy seguro de que eso le dolía profundamente porque, evidentemente, sus creencias democráticas no se compaginaban con lo que estaba ocurriendo, con aquellos supuestos excesos policiales de los que hablaba la prensa de la época. Usted sabe lo difícil que es la materia de interior, usted sabe lo débil que es la línea entre seguridad y libertad e, igual que nosotros, quiere poner el énfasis en la libertad, y no dude de que eso es lo que quiere hacer el Partido Popular. Lo que queremos hacer con esta ley es ampliar las libertades y los derechos a través de unas garantías que trasladamos a esta ley. Podremos estar de acuerdo o no, pero esa es la voluntad del legislador, esa es la voluntad de mi grupo parlamentario y, sin duda alguna, esa era la voluntad de este Gobierno cuando envió al Parlamento el proyecto de ley; proyecto de ley que, como usted ha dicho, ha sufrido un camino muy largo y prácticamente no se parece en nada a aquel inicial anteproyecto. Por eso les he pedido, y lo hago con la máxima humildad, que juzguen el proyecto que tenemos en las manos y no aquel anteproyecto que etiquetaron y, a partir de ese momento, no ha habido forma de que se bajaran, por más que se haya modificado el texto. Por ello, señoría, le pido esa reflexión y, sobre todo, que no ponga en duda cuál es la voluntad de este grupo porque eso es lo que, al menos desde nuestro punto de vista, no es discutible. Señor Sendra, usted lo deja ver; a ustedes les encantaría apoyar hoy al Gobierno en este proyecto y que se les hubiesen aceptado enmiendas, que seguro que alguna habría mejorado el texto de forma suficiente. Pero entre las cosas que plantean ustedes en el texto del veto y en las enmiendas de las que luego hablará mi compañero en el turno correspondiente, plantean cuestiones que se contradicen. Niegan al Estado competencias que luego sí piden para los gobiernos autonómicos, en su caso, el de la Generalitat. Y algo similar ocurre en el caso del Grupo Vasco. Es decir, que negamos al Estado competencias —y lo articulamos y explicamos sobre la base de la defensa de los derechos y las libertades— pero luego esas competencias que negamos al Estado sí las pedimos para las policías de las distintas comunidades. Señorías, hay que tener un poco más de coherencia. Señor Cascallana, usted sabe, porque hemos hablado personalmente, y mucho, de esta ley, que no es una ley perfecta; ninguna ley lo es, pero se irá perfeccionando con la práctica y el tiempo. En cualquier caso, no puede usted decir que las sanciones son desmesuradas, máxime porque su grupo es el responsable de la ley anterior. Como hemos dicho ya, las sanciones que impone esta ley son exactamente las mismas que las de la ley de 1992; han pasado veintidós años y no se sube un euro. Dice que hay sanciones mayores; no es verdad. Había doce infracciones muy graves en la ley de 1992 y hemos pasado a cuatro. Por lo tanto, hemos reducido el número de sanciones muy graves. Y no me diga usted que es lo mismo la sanción penal que hace la sociedad a través del Código Penal que la infracción administrativa. Por tanto, hemos bajado el listón de la ley. Señorías, creo que hemos argumentado suficientemente por qué esta ley debe salir adelante y, sobre todo, hemos dejado muy claro y espero que a nadie le quepa la más mínima duda, que la voluntad del Gobierno y del Grupo Popular es aumentar las libertades y las garantías a través del articulado de esta nueva ley. Muchas gracias. (Aplausos). El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Aznar. Llamen a votación. (Pausa). Cierren las puertas. Señorías, vamos a proceder a la votación de las propuestas de veto. Les informo de que el senador Marín Torrecillas ha hecho uso de la votación telemática. El sentido de su voto ha sido en contra de las propuestas de veto, y lo sumaré al resultado de la votación que realicemos aquí, en el hemiciclo.
Rechazadas las propuestas de veto, entramos en el debate de las enmiendas. (Rumores). Señorías, guarden silencio, por favor.
El Grupo Parlamentario Vasco ha presentado las enmiendas 114 a 142. Para su defensa, tiene la palabra el senador Cazalis.
El señor CAZALIS EIGUREN: Egun on mahaiburu jauna. Egun on senatari jaun-andreok.
Me toca defender las enmiendas que ha presentado a esta norma el Grupo Parlamentario Vasco. Hemos formulado 28 enmiendas, de las que nos han admitido dos y media; dos han sido incorporadas por sí mismas y la media corresponde a la transaccional alcanzada con el Grupo Parlamentario Popular. Las dos enmiendas admitidas son las números 119 y 134, y la transaccional, a la enmienda 123.
La enmienda 119 es de modificación al artículo 15. La presentamos porque la redacción del apartado 2 se presta a confusión. Parece que no se precisa consentimiento en los supuestos de fuerza mayor y de entrada en edificios oficiales, pero la literalidad de la redacción habla exclusivamente de la no necesidad de consentimiento por los responsables oficiales.
La enmienda 134 también es de modificación y tiene que ver con la remoción de vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para delimitar perímetros de seguridad, aun con carácter preventivo, cuando no constituya infracción grave. La colocación de vallas y perímetros de seguridad es la expresión de un acto de autoridad y, mediante su vulneración, se estaría obstruyendo la ejecución del acuerdo.
La enmienda 123, a la que se ha presentado una transaccional, tiene por objeto prevenir la comisión de actos delictivos o infracciones administrativas, o cuando se generen riesgos directos a terceros o sean especialmente vulnerables.
Tenemos que agradecer al senador Aznar —no al senador Fraga— que, por lo menos en este Pleno, de 28 enmiendas presentadas hayamos podido conseguir colocar dos y media.
En relación con el resto de las enmiendas sobre la devolución en caliente, me referiré a ellas en el turno de portavoces para no extenderme demasiado.
Sí tenemos que reconocer al Grupo Popular el interés demostrado en la resolución de algunos aspectos que son particularmente preocupantes para nuestro grupo parlamentario, como son la exacta o correcta delimitación de las competencias entre la Administración política del Estado español y sus fuerzas policiales, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, y aquellas competencias que pertenecen en concreto a Euskadi o a Cataluña, que poseen competencias en materia de seguridad ciudadana y poseen además policías integrales que ejecutan estas competencias. Al final, se ha llegado a regular de forma correcta lo que en el proyecto de ley originariamente estaba regulado de forma particularmente incorrecta, de forma y manera que se realizaba una especie de transmutación.
En el bloque de constitucionalidad, en estas comunidades autónomas, Euskadi y Cataluña, las competencias del Estado están tasadas en el estatuto de autonomía y están tasadas constitucionalmente. Y, sin embargo, las competencias de las fuerzas autonómicas o de las policías autonómicas, tanto de los Mossos como de la Ertzaintza, y de los departamentos de Interior de esas comunidades autónomas, no están tasadas. Todas las demás, que se determinan por exclusión, son las que no corresponden al Estado. Con el proyecto de ley, mediante el uso perturbador de un concepto como indistintamente, parecía que ambas fuerzas, tanto las estatales como las autonómicas, y en cualesquiera casos de los regulados en esta ley, podían intervenir. Ya no es así y ahora con esta determinación se hace correctamente. Además, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado intervendrán en aquellos casos que, de forma tasada, están previstos como correspondientes a ellas en los estatutos de autonomía y en los demás casos actuarán o bien la Ertzaintza o bien los Mossos d’Esquadra y los departamentos del Interior de las correspondientes comunidades autónomas.
Parece que la invocación del respeto a los títulos competenciales no merecería ningún tipo de agradecimiento específico —no debería de ser—, porque constituiría una obligación del legislador respetar los títulos competenciales. Pero como esto no ocurre siempre —más bien no ocurre casi nunca últimamente—, queríamos reconocer que en este caso se haya respetado y se hayan configurado correctamente los puntos de conexión y los títulos competenciales de ciertas comunidades autónomas —en este caso la vasca— y de la Administración General del Estado y las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
En definitiva, señor presidente, esta ley es de difícil regeneración, a pesar de las muchas enmiendas nuestras y del resto de grupos parlamentarios que se han aceptado por parte del Grupo Popular y de la aceptación casi masiva por parte del mismo grupo de las recomendaciones de informes preceptivos como el del Consejo de Estado o el del Consejo General del Poder Judicial. Y es difícilmente regenerable por sus fundamentos o sus principios filosóficos e inspiradores, por la incorporación de un concepto de seguridad ciudadana muy amplificada que casi nos retrotrae al concepto anacrónico de orden público de otras épocas felizmente superadas ya, en tanto en cuanto se convierte la seguridad ciudadana o el orden público en un valor jurídico en sí mismo, en un valor jurídico propio y autónomo, no en el presupuesto para el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas previsto también en la Constitución. Un valor en sí mismo, incluso, de superior ontología a los derechos como el de manifestación, el de expresión, el de participación, en los asuntos públicos, etcétera, y cuyo detentador, además, es la Administración, lo cual no deja de ser una aberración jurídica y una perversión que nosotros hemos intentado corregir, pero con poca suerte. Esa desmesura de la ampliación del concepto de seguridad ciudadana, de esa incorporación de los principios de orden público tradicional y anacrónico a este proyecto de ley, es, precisamente, lo que hace a la ley difícilmente regenerable.
Otro aspecto que hace difícilmente regenerable el proyecto es el apoderamiento del espacio público por parte de las autoridades administrativas que actúan a través de los distintos ilícitos administrativos o infracciones administrativas previstas, de forma y manera que ya el espacio público no es un lugar donde los ciudadanos interactúan creando espacios de tolerancia, sino que el espacio público es aquel espacio en el que los ciudadanos solo pueden hacer lo que la autoridad permite y esa es una reducción del concepto de espacio público que nos resulta muy preocupante y que también nos trae resonancias del viejo y anacrónico concepto de orden público. Es una contracción del espacio público que nos lleva a que quien disponga de este ámbito sea la autoridad gubernativa y las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, que actúan de forma cuasi discrecional, a través de los llamados apoderamientos específicos o generales, o cuando discrecionalmente consideran que deben actuar. En esta ley tenemos numerosos ejemplos de esta perversión que nosotros hemos denunciado.
Observamos también severos problemas en cuanto a una doble tipificación en el Código Penal respecto a determinadas conductas —que podría especificar con amplitud, pero tampoco se trata de agotar el tiempo con ello— como, por ejemplo: materias vinculadas con la venta de productos ambulantes en las calles, el llamado top manta, materias relativas al ejercicio del derecho a la manifestación cuando los manifestantes actúan con la cara cubierta, en materia relativa al consumo de drogas —donde no se termina de depurar claramente la diferenciación entre los aspectos vinculados a los ilícitos penales y las infracciones administrativas—, en relación con el derecho de manifestación cuando se producen daños en el ejercicio de tal derecho y en la determinación de otras responsabilidades. En este proyecto de ley se establece una suerte de responsabilidad de naturaleza objetiva, en tanto en cuanto pueda ser objeto de incriminación o sanción: primero, para los que provocan los daños y son objeto de identificación, pero también para los convocantes de la manifestación, que pueden ser ajenos a los daños producidos en el seno de la propia manifestación. Y lo mismo ocurre con las intervenciones en las infraestructuras críticas, donde haría falta una buena definición de qué tipo de intervenciones tienen la dimensión suficiente como para constituir una infracción administrativa objeto de la correspondiente sanción pecuniaria.
Señorías, sería muy largo citar el número de preceptos donde se produce la triple perversión que hemos denunciado: la amplificación excesiva y desmesurada del concepto de seguridad ciudadana, el apoderamiento del espacio público por parte de la autoridad gubernamental o gubernativa —no sé cuál palabra es la mejor— y de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, o de los demás actuantes, en materia de identificación, por ejemplo, o en cuanto a la exigencia de determinados documentos y —probablemente la más preocupante— respecto a la limitación del derecho de reunión pacífica.
Determinados colectivos y asociaciones prestigiosas han denunciado también que esta ley vulnera las directrices de la OSCE sobre el derecho de reunión pacífica: Amnistía Internacional, otras organizaciones, e incluso existe jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos —particularmente, una sentencia importante y conocida, la Sentencia de 14 de octubre de 2014—. Tanto estas asociaciones como mi grupo parlamentario consideramos que los elementos que se vulnerarían serían los siguientes: en primer lugar, la imposición de una sanción por participar en una manifestación, que ha de ser compatible en todo caso con las garantías previstas en el artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Esta garantía no es clara en absoluto, sino más bien oscura, en el proyecto de ley que estamos analizando. En segundo lugar, como principio general, toda concentración o manifestación en un lugar público provoca ciertas alteraciones y es importante que las autoridades muestren cierto nivel de tolerancia respecto a las manifestaciones pacíficas para no privar de contenido precisamente al artículo 11 de ese convenio. En nuestra opinión, este proyecto de ley priva de contenido al artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. En tercer lugar, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos resuelve que la imposición de sanciones administraciones por participar en una manifestación pacífica no solo es desproporcionada sino que, a su vez, resulta ser innecesaria para mantener el orden público. Aquí hablamos de un mantenimiento del orden público de forma desmesurada, algo que ha sido refutado además por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Sobre el asunto de las devoluciones en caliente intervendré en el turno de portavoces, para no agotar todo mi tiempo.
Esta es la justificación a las 28 enmiendas que el Grupo Parlamentario Vasco ha presentado a este proyecto de ley.
Muchas gracias, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Cazalis.
Turno en contra.
Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el senador Peñarrubia.
El señor PEÑARRUBIA AGIUS: Muchas gracias, señor presidente.Núm. 147 Pág. 14099 12 de marzo de 2015
Señorías, desde que este proyecto de ley se encontraba en fase de borrador han sido muchos los disparates que se han dicho sobre él; disparates que alcanzaron su punto álgido el pasado mes de octubre con ocasión del debate de totalidad celebrado en el Congreso de los Diputados. Lo de menos, señorías, es lo que hasta ese momento se había dicho; lo de más fue lo que se dijo en ese momento, ya en sede parlamentaria.
La valoración de la puesta en escena de esa sesión la dejo a criterio de cada cual; consta en el Diario de Sesiones, y allá cada cual con su sentido del ridículo. Sin embargo, es imposible sustraerse a los disparates que allí se dijeron y, sobre todo, a los que se hicieron: desde tararear una cancioncilla con soniquete, hasta amordazarse, y además ser jaleados por ello. En fin, cada quien es cada quien, y yo respeto, como he dicho antes, el sentido del ridículo de todo el mundo y sobre todo la habilidad histriónica de alguno.
Quizá por estas razones, yo esperaba ―ingenuo de mí― un debate más tranquilo, más sosegado que aquel que se produjo en el Congreso de los Diputados, y ello porque era y es, desde mi punto de vista, imposible de superar. Es cierto que hoy han estado menos afectados, que han bajado un poco el diapasón, pero, no obstante, han dicho aquí, en el debate a favor de los vetos y también en este a favor de las enmiendas, cosas tremendas desde un punto de vista democrático. Se han vertido apelaciones tales como ley franquista de orden público; de vagos y maleantes, como se llegó a decir en la comisión; o que pretendemos sacar de la calle la pobreza y la protesta, que son disparates que no tienen encaje en pleno siglo XXI. También lo han calificado de retroceso histórico y le han dedicado unos cuantos epítetos más.
Dicho esto, señorías, voy a entrar en el debate de las enmiendas presentadas a este proyecto de ley, eso sí, intentando sintetizar al máximo las 225 enmiendas, que, por otra parte —tengo que decirlo—, no se compadecen en nada con el contenido de los vetos, y ahora me referiré a ello, fundamentalmente en el caso de los grupos nacionalistas, tanto del Grupo Parlamentario Vasco como de Convergència i Unió.
Quiero comentar como cuestión previa que el Grupo Parlamentario Popular ha hecho un esfuerzo, lo crean o no, para llegar a algunos acuerdos con el resto de grupos; esfuerzo que, como ahora veremos, no ha sido correspondido. Se ha hecho en esta Cámara, como ya se hizo en el Congreso de los Diputados. En ese sentido, hemos aceptado en sus propios términos las enmiendas números 119 y 134, del Grupo Parlamentario Vasco, y queremos transar con el resto de grupos las enmiendas números 42, de la senadora Capella, la 69, del Grupo Socialista, la 99, de CiU, y la 149, de Entesa, referidas al especial deber de colaboración que incumbe en la consecución de los fines de la ley a las policías administrativas, como es el caso de la portuaria, teniendo en cuenta sus atribuciones, evidentemente, en ámbitos muy concretos, como es el dominio público portuario. Asimismo, proponemos transar la número 88, del Grupo Socialista, sobre prescripción de los plazos de las infracciones administrativas tipificadas en esta ley, y la número 123, del Grupo Parlamentario Vasco, sobre infraestructuras críticas. (El señor presidente ocupa la Presidencia). Y ahora, señor presidente, señorías, me van a permitir que conteste a los diferentes grupos parlamentarios.
Senadora Capella, una de las tres enmiendas que habíamos propuesto para transar incluye su enmienda número 42, al artículo 7, porque entendemos razonable esa propuesta. Pero usted no la acepta. A usted le parece insuficiente. A mí me parece, senadora, que cuando desde la oposición se pretende algo que hay que pensar que es lícito, y nosotros lo creemos, hay que estar en una disposición de mayor receptividad. Y está claro que aquí no sirve de nada hacer aproximaciones, porque ustedes —quizá porque estamos en campaña electoral— desprecian todo lo que viene del grupo mayoritario.
Señora Capella, como no cree, porque es verdad, en este proyecto, al que ha descalificado con trazos gruesos en el turno de los vetos, le voy a hacer una pregunta: ¿a qué bandera se refiere? ¿Quién determinará cuál de ellas incita al odio? (La señora Capella i Farré: Está cantado). No, yo no lo veo tan cantado, sobre todo cuando a lo mejor tienen que ser ustedes los que establezcan los criterios de objetividad para ver qué banderas son las que pueden incitar al odio. A mí no me parece que eso esté tan cantado. Y otra cosa: a la hora de legislar nadie identifica a ningún grupo ni a ningún colectivo.
Señor Iglesias, es usted —permítame que se lo diga— el más coherente, y nosotros estamos muy alejados de los planteamientos en materia de seguridad ciudadana, como de la noche al día, que mantiene Izquierda Unida. Usted ha presentado un veto y ha sido consecuente con sus enmiendas, intentando mejorar esta ley una vez rechazado el veto. A ustedes nos les gusta —hay que decirlo— ni la Ley de 1992, porque enmienda determinados artículos de esa ley, que siguen vivos, ni el proyecto de ley que ahora proponemos a debate.
Después de decirle que usted ha sido coherente le diré que cuando los planteamientos son exagerados se corre el riesgo de perder la credibilidad. Por citar un ejemplo, pretender evitar, como ustedes y algún grupo más solicitan, que sean identificados quienes utilizan prendas para impedir o dificultar la visión del rostro, no es muy razonable, señoría. Algo quieren ocultar esos manifestantes que acuden posiblemente a reventar el derecho constitucional que tienen los demás de manifestarse, de reunirse y de concentrarse con arreglo a nuestras libertades. Esos lo que no quieren es que esa libertad la utilicen la inmensa mayoría de los ciudadanos. Por tanto, a mí me parece un disparate.
En cuanto a la prostitución, intentamos que se aleje de colegios y parques públicos donde puede haber niños. Y para las manifestaciones ante instituciones cuando no están reunidas, el único requisito es que cumplan con la legislación, que hagan la comunicación previa, que no es ninguna locura, que no es ningún disparate.
Al señor Cazalis, del Grupo Parlamentario Vasco, yo le diría —esperaba ver aquí al señor Atutxa, perdón al señor Anasagasti— que no se compadece su discurso en el veto con lo que plantea en sus enmiendas. Y le voy a hacer unas cuantas preguntas: ¿está usted de acuerdo con que es necesario garantizar la convivencia ciudadana, la normalidad en las condiciones de funcionamiento de las instituciones, la prestación de servicios esenciales o la pacífica utilización de los espacios públicos? ¿Y la protección y salvaguarda de personas y bienes o el mantenimiento de la tranquilidad de los ciudadanos, esa palabra tan denostada por el Grupo Parlamentario Socialista y por la izquierda más radical? O dicho de otra manera, el respeto a los derechos de los otros, que es lo que ustedes olvidan con muchísima facilidad. ¿Sí o no, señor Cazalis? En este caso tengo que decirle que esta ley no limita derechos fundamentales. ¿Comparte usted con nosotros que cuando no fuera posible la identificación de una persona, los agentes puedan requerir que les acompañe a las dependencias policiales más próximas, a los solos efectos de identificación? ¿Sí o no? Este último interrogante, después me referiré a los otros, confirma su impostura. Porque si están de acuerdo no cabe el veto, y si no están de acuerdo, ustedes tenían que haber enmendado estos artículos que no tocan, porque como ocurre con el Grupo Catalán Convergència i Unió, ustedes se suben al carro de la demagogia, del populismo, de rechazar en bloque con ocho vetos una ley de protección de la seguridad ciudadana, pero no entran en la molla, en el articulado, porque en sus comunidades autónomas, en las que tienen competencias, les interesa aplicar esta ley del Gobierno del Partido Popular. Yo creo que es una impostura.
Podría poner más ejemplos de artículos que hablan en sentido estricto de seguridad ciudadana y que ustedes no han querido enmendar.
No quiero cansarles más pero me van a permitir que después de contestar al señor Sendra —perdone, se me olvidaba usted— hable del régimen sancionador del que tanto están protestando. Y tengo que decirle que a usted le pasa lo mismo que al Grupo Vasco, que no enmiendan ninguno de los artículos que se refieren exclusivamente a seguridad ciudadana.
Con respecto a las 16 enmiendas presentadas por el Grupo Catalán Convergència i Unió, 98 a 113, ambas inclusive, pese a compartir— lo ha dicho usted hoy, lo dijo en comisión y también en el Congreso— la necesidad de abordar la reforma de la Ley de 1992, ha dicho que no la pueden apoyar porque ha generado mucho rechazo en colectivos y en entidades, pero se le olvida decir que tiene el respaldo —lo saben ustedes— en Cataluña de asociaciones de vecinos, de comerciantes, de la hostelería, de los taxistas, del Consejo General del Poder Judicial, de la defensora del pueblo, de la Agencia Española de Protección de Datos, etcétera; es verdad que algún tipo de asociación le pone peros pero esta ley cuenta con el apoyo de otros muchos colectivos.
Sobre el régimen especial de Ceuta y Melilla, mi compañero el señor Aznar ya les ha contestado. Y en cuanto a la policía administrativa portuaria, ya le he respondido a la senadora Capella.
Voy a responder de manera conjunta, me quedan unos minutos, a los senadores Ángel, del Grupo Socialista, y al señor Bruguera, de su filial catalana, integrada en el Grupo Entesa, que han intervenido al alimón. Y les voy a criticar pero en un tono menor porque el Grupo Socialista está instalado, señor López, se lo digo a usted, desde hace mucho tiempo en una deriva radical y a nosotros nos preocupa, y mucho, pero tengo la impresión de que a ustedes no les preocupa tanto. Es posible que piensen que de perdidos al río, de lo contrario es muy difícil entender que descalifiquen este proyecto de ley con unos argumentos tan gruesos y toscos, porque sostener en pleno siglo XXI disparates tales como que esta ley se asimila a la mal llamada Ley de vagos y maleantes o que es una ley franquista es un despropósito pero, en fin, ya sabemos que ustedes representan a un partido que desgraciadamente hoy está perdido, por eso en su descargo hay que decir que enmiendan lo divino y lo humano, todo lo enmendable, posiblemente porque no han olvidado que nosotros presentamos un recurso de inconstitucionalidad a la ley de 1992, la de la patada en la puerta, que en parte —esa sí— fue declarada inconstitucional. Esta ley de 1992, la suya, todavía en vigor, contempla medidas tales como la identificación de personas, la restricción del tránsito y controles en la vía pública, comprobaciones y registros de vehículos y el control superficial de personas, y ahora ponen el grito en el cielo porque nosotros fijamos esos criterios con garantías jurídicas, con garantías objetivas, artículo 19, apartados 1 y 2 y artículo 20, apartados 1, 2, 3, y 4. Era peor ley pero englobaba en seis apartados y dos artículos todas las medidas que nosotros contemplamos en esta ley. Senador Ángel, es verdad que la calle está para disfrutarla, para pasear, para transitar, para que el ciudadano pueda hacer sus compras, sus quehaceres, etcétera, pero nunca para la barbarie y el vandalismo, y precisamente con esta ley lo que queremos es evitar que se apropien de ella los vándalos que —no sé cómo han llamado a lo que hacen con el mobiliario urbano—, lo que realmente hacen es destrozarlo. Lo que tratamos de evitar es que se prenda fuego a contenedores, que se apedreen escaparates de entidades bancarias, que se quemen neumáticos, que se vuelquen furgonetas, incluso, a veces furgonetas policiales. Voy a acabar mi intervención hablando de las sanciones. Una de las mayores mentiras del argumento y de la crítica que ustedes hacen a esta ley, es que las sanciones son desproporcionadas; no lo son. La Ley de 1992, para las 12 infracciones muy graves, que nosotros hemos reducido a 4, fijaba multas de 5 millones y una peseta a 100 millones de pesetas; para las infracciones graves de 50 000 y una peseta hasta 5 millones de pesetas y para las infracciones leves, hasta 50 000 pesetas. ¿Saben lo que son 100 millones de pesetas del año 1992, veintitrés años después? Aplíquense el cuento porque ustedes, la oposición, efectivamente, ha comparecido unida porque estamos en campaña electoral pero para hacer exclusivamente daño al Partido Popular, y los senadores del Partido Popular no lo vamos a consentir. Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos). El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Peñarrubia. Antes de entrar en turno de portavoces, les anuncio que ha habido acuerdo con los portavoces de los grupos para que, una vez terminado el debate de las enmiendas, entremos en el debate de las propuestas de veto de la siguiente ley, y, posteriormente, votaremos conjuntamente primero los vetos y luego las enmiendas que estamos debatiendo, pero nunca antes de las cuatro de la tarde. Turno de portavoces. Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la senadora Julios. La señora JULIOS REYES: Muchas gracias, señor presidente. Señor Aznar, soy consciente de que ustedes han demostrado que tienen una cierta dificultad para entender eso del meridiano de Greenwich, pero da igual que en Canarias tengamos una hora menos, eso no resta un ápice la representatividad por la cual estoy hoy, aquí, hablando en nombre de los ciudadanos. Sí, señoría, y, además, por esos ciudadanos a los que represento y por los cuales fijo mi posición en este Pleno, tengo claro que su opinión no los representa, y tengo el derecho a hablar aquí porque me lo han dado esos ciudadanos, no usted, desde luego. Y sobre la base de ese derecho y esa representatividad, le digo que esta ley está generando un gran rechazo en la sociedad organizada, un gran rechazo en todos los partidos político, salvo el de ustedes, un gran rechazo en amplios sectores judiciales y policiales; de hecho, se le ha bautizado a esta ley desde el principio como ley mordaza. No se justifica, señoría, que digan que lo está pidiendo la sociedad. No se justifica, no es cierto. (El señor vicepresidente, Lucas Giménez, ocupa la Presidencia). No es de recibo que ustedes digan que las manifestaciones que se están produciendo en la calle exigiendo que se recuperen los derechos sociales que se han perdido en sanidad, en educación, en desempleo, y que suponen un retroceso importante en este país, justifican esta ley porque no es cierto que los ciudadanos se estén manifestando pidiendo la pérdida de derechos políticos y democráticos; no es cierto, señorías; no es cierto. También es una hipocresía equiparar la demanda de seguridad, que puede que demanden algunos sectores, con la pérdida de derechos que no es en estos momentos una petición que esté en la calle.
En esta legislatura, señoría, con la falsa justificación de la crisis económica, se han perdido muchísimos derechos, consecuencia de ello —lo dice Eurostat 2014— resulta que España ya es el segundo país con más desigualdades, después de Letonia, en toda la Unión Europea. Somos el primer país de Europa en donde se ha generado una mayor diferencia entre los que más tienen y los que menos tienen: consecuencia de ello: desigualdad y pobreza. Ustedes, cuando los ciudadanos se manifiestan en la calle pidiendo la reconquista de esos derechos, quieren resolver ese problema aumentando la represión en este país. Señorías, más represión genera mayor crispación social. Eso no resuelve los problemas. Señorías, amordazar preventivamente es lo que pretende esta ley. Esta ley pretende criminalizar la protesta. Ahora le llaman a eso seguridad. El dilema que quiere plantear el PP al tener que elegir entre seguridad y libertad es inaceptable, falso, interesado y oportunista. La libertad está por encima. Eso sí que es un derecho fundamental. Consecuencia de esa libertad hay una seguridad pero no al revés.
Señorías, en estos momentos —y concluyo señor presidente— ustedes pretenden hacer irreversible la pérdida de los derechos sociales que se han consumado en esta legislatura reprimiendo las movilizaciones y la protesta ciudadana. ¿Se acuerdan ustedes de la guerra preventiva, de ese eslogan que ocasionó que se invadiera un país? Ahora parece que se habla de la mordaza preventiva para impedir que los ciudadanos se puedan manifestar en la calle.
Finalizo, señorías, yo nunca me expreso de forma totalitaria ni hablo en nombre de todos los canarios ni, desde luego, ustedes pueden hablar en nombre de todos los españoles. No se confundan porque los autoaplausos que hoy se van a dar ustedes a sí mismos aquí no se los van a dar en la calle la mayoría de los ciudadanos.
Gracias.
El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias, senadora.
Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra el senador señor Cazalis.
El señor CAZALIS EIGUREN: Sí, señor presidente.
Este portavoz suele considerar casi siempre una inversión de su tiempo cuando interviene en este Pleno, porque intenta mejorar las cosas siempre. En este caso, no quiero perder mi tiempo ni hacerles perder a ustedes el suyo, y voy a intentar ser lo más rápido posible.
El senador Peñarrubia me ha hecho una serie de preguntas. La respuesta a todas es sí. Y ahora yo le hago unas preguntas a usted. ¿Está usted seguro de que esta es la mejor norma para defender los derechos fundamentales de los ciudadanos, de todos los ciudadanos, en todos los casos y en todas las manifestaciones, incluidas las convocadas por la Conferencia Episcopal? ¿Está usted seguro de que esta nueva norma es la mejor manera de equilibrar el derecho, la necesidad de seguridad, con el resto de derechos fundamentales? Pues veo que sí. Pero veo que sí desde su infalibilidad, desde la infalibilidad del ungido, del que tiene la verdad verdadera y la razón totalmente infalible. Y casi prefiero que sea eso y que no sea desde la prepotencia o desde la soberbia y el desdén de quien no tiene ninguna intención de tener en cuenta nada de lo que opinan los demás. Porque eso sería, a mi juicio, bastante peor.
Desde luego, esa verdad no es tan verdadera, porque aquí se han presentado ocho vetos de personas que, a lo mejor equivocadamente, creemos que tenemos tanto empeño en mejorar la calidad de vida de los ciudadanos como la que puede tener usted. Pero no solo lo pensamos nosotros, también un montón de asociaciones, tanto de juristas como de otros ámbitos, tal y como se ha dicho aquí. Por lo tanto, parece que estamos equivocados pero, lógicamente, esa resistencia numantina a aceptar cualquier otra cosa que no sea lo que viene del Gobierno y la versión que ustedes ofrecen no es la mejor actitud política, ni la más razonable ni la más edificante.
La verdad verdadera, senador Peñarrubia, está en los ciudadanos, y la suelen meter en unos sobrecitos blancos y sepias. Y cuando los ciudadanos se dan cuenta de que la verdad verdadera que utilizaron la vez anterior no se corresponde con lo que se les dijo ni con lo que ellos pensaban que estaban votando, vuelven a cambiar lo que va dentro de los dos sobrecitos, y estoy seguro de que en este caso va a ser así.
Muchas gracias, señor presidente.
El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias, senador Cazalis.
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Senador Peñarrubia, tiene la palabra.
El señor PEÑARRUBIA AGIUS: Gracias, señor presidente.
Señorías, voy a intentar contestar a todos y cada uno de los portavoces que han intervenido en este turno.
A la senadora Capella quiero decirle que nosotros hemos sido respetuosos con sus criterios. De hecho, usted no quiso firmar una enmienda transaccional, pero yo tengo que destacar que con ello abríamos una vía, una posibilidad para mejorar al colectivo de policía administrativa, que actúa en el ámbito de las zonas públicas portuarias. Nosotros pretendemos facilitar con este proyecto de ley todas las aspiraciones —legítimas, por supuesto— de colectivos, de ciudadanos y también de los grupos parlamentarios. (La señora vicepresidenta, Vicente González, ocupa la Presidencia). De trazo grueso no me va a dar lecciones, porque cuando a usted le puede la incontinencia verbal, ¡tela! Usted y yo sabemos lo que es eso.
Sobre las devoluciones en caliente le contestaré después porque ha habido más referencias a ellas.
Senador Iglesias, no nos referimos, cuando tratan de taparse el rostro, a cuestiones de creencias religiosas, sino a los que van embozados en una manifestación que está amparada en el derecho constitucional de reunión y manifestación y hay unos grupos, lo sabe todo el mundo, cuya intencionalidad clara es reventar esa manifestación, es impedir que los ciudadanos que se acogen a ese derecho puedan hacerlo, es eliminar el derecho de los más. Creo que eso es algo de sentido común. Nos referimos a los que van embozados, con pasamontañas, y todos sabemos lo que eso significa.
Señor Cazalis, sí a las preguntas que usted me hacía, sí, y no hay prepotencia en nuestras intervenciones, ni mucho menos. El problema es que a ustedes no les gusta que se destaquen sus incoherencias, es decir, vetar una ley de protección de la seguridad ciudadana y, a su vez, no enmendar los artículos que se refieren en concreto a esa protección de la seguridad ciudadana, a mí me parece, cuando menos, una impostura y, por supuesto, una ficción. Por cierto, la Conferencia Episcopal no convoca manifestaciones. Eso lo sabe usted como lo sé yo. Lo que pasa es que, a lo mejor, desde que dejaron de ser democratacristianos tienen alguna fijación.
Señor Bruguera, le pido disculpas por mi referencia al Partido Socialista Catalán, un partido antiguo, con tradición en Cataluña. Dé por no escuchada mi referencia a que es una filial del Partido Socialista en aquella comunidad autónoma. Quiero decirle que esta ley lo que introduce son garantías y seguridad jurídica.
El señor Sendra se ha ido, no le interesa lo que le voy a decir. (Varios señores senadores: ¡Está aquí!). Perdón, senador Sendra, lo tapaba la senadora y no lo veía. Su problema es que son prisioneros, igual que el Grupo Parlamentario Vasco, de esas incoherencias. A ustedes les gusta recoger todo: lo que es bueno para ustedes desde el ámbito autonómico y lo que es bueno a nivel del Gobierno de la nación, pero siempre y cuando lo puedan aplicar, como es el caso de esta Ley de protección de la seguridad ciudadana, en la que ustedes son competentes en Cataluña, al igual que ocurre en el País Vasco, en su aplicación. De ahí que no enmienden esos artículos importantes que afectan a esos derechos. Evidentemente, los ciudadanos están por encima de todo. Es decir, cuando he dicho lo del daño al Partido Popular, es una evidencia que a quien ustedes trataban de perjudicar políticamente era al grupo que sustenta a un Gobierno, al Partido Popular, pero esta ley está pensada para garantizar esos derechos y libertades de todos los ciudadanos.
Creo que no me dejo a nadie, senadora Capella, estoy intentando no olvidar a nadie. La senadora canaria no estuvo en comisión, no presentó veto ni ha presentado enmiendas; ha hecho un turno de portavoces y se ha sumado a esa inercia del resto de la oposición.
En cuanto al senador Ángel, y también respondo a la senadora Capella y a quienes han hecho referencia al disgusto de la defensora del pueblo, quiero decir que nosotros hemos introducido en este proyecto de ley y en esta Cámara una enmienda que garantiza esas cuestiones en el régimen especial de Ceuta y Melilla que ustedes tanto critican. ¿Que se podía haber hecho algo más? Es posible, pero ya les dije en comisión que casar los intereses legítimos de todo el mundo en un proyecto de ley de ámbito nacional que afecta a colectivos diversos con distintas aspiraciones, todas legítimas, y distintos planteamientos es complicado.
Voy a leerles, y con esto acabo, señora presidenta, esa nueva disposición final primera. Dice así: Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla, mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera, podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España. En todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte. Las solicitudes de protección internacional se formalizarán —estamos hablando de asilo— en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional.
Tenemos que ser cuidadosos con nuestras fronteras. Si no queremos que determinadas personas sufran, llegamos a un acuerdo con la Unión Europea, quitamos las vallas —por cierto, las recreció el señor Rodríguez Zapatero— y asumimos esa realidad. Pero están habilitados sitios para el asilo. España se compromete a respetar todos los acuerdos que en derecho internacional afecten a estas situaciones, y por eso el Grupo Parlamentario Popular ha presentado en esta Cámara una enmienda que está recogida como disposición final primera.
Nada más y muchas gracias, señora presidenta.
La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias, señoría.
Brillante intervención la suya, Senador. Por lo demás, ¡allá ellos!. Si la gente no se desfoga en las calles a lo mejor lo hace en las urnas.
P.D: "Me voy a hacer fan del Senador Aznar. Le considero muy divertido."
Publicado por: ocasional | 07/17/2015 en 10:52 a.m.
Para que luego diga el Iñakitroll que no se lo curra, Senador.
Publicado por: CAUSTICO | 07/17/2015 en 07:23 p.m.