Firmado por los participantes.
Como acto final del Congreso sobre los derechos colectivos de las naciones minorizadas y el derecho de autodeterminación, organizado por «Herria 2000 Elizá», todos sus participantes emitieron un comunicado conjunto en el que, además de constatar la realidad de Euskalherria como pueblo y los diversos grados de opresión al que le someten los Estados francés y español, solicitaban sean de aplicación en Euzkadi las declaraciones de las Naciones Unidas sobre el derecho de los pueblos a su autodeterminación y afirman que difícilmente se logrará una normalización del pueblo vasco si no se le reconoce ese derecho.
El comunicado del Congreso fue el siguiente:
«Tras haber celebrado, durante los días 26, 27, 28 y 29 de marzo de 1985 en Bilbao, Baiona, Gasteiz, Donostia e Iruña, el Congreso sobre «Los Derechos colectivos de las naciones minorizadas en Europa. Euskadi en el contexto de la autodeterminación de los pueblos», la organización y participantes de este Congreso, teniendo en cuenta las 80 ponencias y las diversas intervenciones realizadas en él, quiere afirmar ante la opinión pública y ante los poderes públicos autonómicos, estatales e interestatales, los siguientes puntos:
1) Hay elementos objetivos y subjetivos suficientes para afirmar la realidad de Euskal Herria como un pueblo (nación) específico y diferenciado, así como la de los otros Pueblos (naciones) presentes en este Congreso, Bretaña, Córcega, Galicia, Flandes, Tirol del Sur, Cataluña, Valle D'Aosta y Slavia.
2) Constatamos la desmembración y los diversos grados de opresión ejercida sobre nuestro pueblo por los Estados francés y español, cuyas consecuencias deben ser reparadas por una recuperación lingüística, cultural, territorial y nacional, en el cambio hacia su pleno ejercicio de la autodeterminación.
3) Hacemos nuestra la aplicación para Euskal Herria de las siguientes declaraciones:
—Las Naciones Unidas «desarrollarán entre las naciones relaciones amistosas, fundadas sobre el respeto al principio de la igualdad de derechos de los pueblos y a su derecho de autodeterminación» (Carta de las Naciones Unidas, art. 1,1945).
—«Todos los pueblos tienen el derecho a autodeterminarse. En virtud de ese derecho ellos deciden libremente su estatuto político y aseguran libremente su desarrollo económico, social y cultural» (ONU, pactos internacionales relativos a los derechos del hombre 1966).
—El derecho de los pueblos a su autodeterminación ha sido igualmente previsto en el principio VIII de la Declaración de Helsinki, siendo parte integrante del Acta final e indicando los principios que deben guiar a los Estados, partícipes en el acuerdo, en sus relaciones mutuas. (Principio VIII de la Declaración de Helsinki, 1975).
Desmentinos la interpretación que de estos artículos hacen gran parte de los Estados, aplicando el derecho de autodeterminación tan sólo a los pueblos colonizados. Y, al contrario, afirmamos que ese derecho pertenece igualmente a los pueblos minorizados y sin Estado de Europa y demás países del mundo.
4) Denunciamos el fragante fraude en que incurren Estados como el francés y el español, y otros que han suscrito el contenido de tales declaraciones, incumpliendo y defraudando a la comunidad democrática mundial.
5) Sostenemos rotundamente que no puede haber democracia en aquellos Estados que no reconocen a un pueblo (asimilado hoy a su estructura) el derecho a la autodeterminación que les corresponde y que no les permite disponer de los medios para que puedan ejercer dicho derecho.
6) Afirmamos que difícilmente se llegará a una normalización del pueblo vasco mientras no se le reconozca el derecho a su autodeterminación.
7) Afirmamos el derecho de los pueblos, a los que no se les reconoce el derecho de autodeterminación a sostener todas las luchas que consideren legítimas para su consecución.
8) Nos solidarizamos con todos los pueblos europeos y del mundo que luchan por el reconocimiento de su derecho a la autodeterminación.
9) Afirmamos que la construcción de una Europa de los pueblos sólo será válida, cuando el modo de construirla parta de dichos pueblos y no de los Estados actuales europeos o de cualquier otra instancia. Mientras tanto exigimos que los pueblos privados de Estado propio constituyan, en sus respectivos ámbitos, una circunscripción electoral estricta dentro del marco europeo, de tal manera que pueda impulsarse más eficazmente el desarrollo de la identidad de cada uno dentro de esa unidad superior.
10) Consideramos imprescindibles la solidaridad y colaboración entre todos los pueblos de Europa privados de Estado propio para alcanzar más importantes cotas de influencia y eficacia en beneficio de su proyecto de liberación. En este sentido apoyamos la convocatoria de la Conferencia de Naciones sin Estado de Europa Occidental, que va a celebrarse en los Paísos Catalans a finales del presente año.
11) Por último, queremos agradecer a todos los que han hecho posible la celebración de este Congreso y deseamos sirva como una aportación más en el logro del reconocimiento y ejercicio del derecho de autodeterminación de los pueblos.
DEIA (31 Marzo 1985)
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