Cuando Adrián Celaya presentara el primer volumen sobre “Derecho Foral y Autonómico vasco”.
Un reto de la Universidad de Deusto le llevó a preparar dos volúmenes sobre «Derecho Foral y Autonómico vasco». En el Colegio de Abogados, Adrián Celaya presentó el primero de ellos. En opinión del experto foralista «el régimen constitucional ha sido siempre el gran enemigo del régimen foral. Son dos concepciones distintas». Y aunque todavía no ha madurado el segundo volumen, traza las líneas de su análisis y se enfrenta a desmenuzar la polémica Ley de Territorios Históricos desde un punto de vista jurídico. «A mí me parece que el hecho de que exista una tensión entre Vitoria y las diputaciones es inevitable”.
Antonio Herce le hizo en 1984 en DEIA esta entrevista.
Recuerda Adrián Celaya (Baracaldo, 1917), que cuando era niño se ordenó colocar en las escuelas una fotografía de Ramón y Cajal con una leyenda a modo de autógrafo que decía: «El problema de España es un problema de cultura. Urge canalizar los ríos que se pierden en el mar y los talentos que se pierden en la ignorancia». Hoy continúa creyendo que «nuestro problema es un problema de cultura». Hace dos años, cuando sus pensamientos cavilaban más en jubilaciones que en textos, un reto de la Universidad de Deusto le llevó a preparar dos volúmenes sobre «Derecho Foral y Autonómico vasco», asignatura todavía opcional para los alumnos de leyes en cuarto y que será obligatoria a partir del curso 86-87.
En opinión de este experto foralista «el régimen constitucional ha sido siempre el gran enemigo del régimen foral. Son dos concepciones distintas. El foral es un régimen, digamos de libertades a la antigua, en el que se han conseguido unas cotas de respeto a derechos fundamentales, participación en el Gobierno, etc., pero formas de Gobierno que proceden de una concepción del mundo un poco distinta de la concepción moderna. En España, concretamente, ocurre que ese sistema de autogobierno sólo se conserva en los llamados territorios forales, y desde Felipe V, únicamente Navarra y Vascongadas. Y naturalmente, la idea del Gobierno y la libertad que pueda tener la persona que vive en un régimen foral es completamente diferente de la que tiene una persona como el que inmediatamente se introdujo, el de la monarquía absoluta».
Y Adrián Celaya se está remontando a la monarquía absoluta que llega, sobre todo, a partir de Felipe V, que es la que impera en Europa con la excepción de Inglaterra, «por eso hay que comprender cierta afinidad entre el régimen foral y la evolución del régimen inglés». Cuando apunta la renovación, añade, Francia, que incluso en algunos de sus territorios, como podrían ser los territorios vascos, Bretaña o Normandía había conocido ese régimen de representación, tuvo que barrer con todo, porque «todo» eran los poderes absolutos del rey. En el caso de España, donde existía un régimen foral, una monarquía absoluta y un señoritismo en el sur, con unos sistemas de explotación de la tierra, a base de grandes latifundios y de auténticos abusos, «es lógico que los hombres cultos pensaran que la única solución era seguir el camino francés, que es el que prácticamente se trazó en la Constitución de Cádiz, una Constitución de esquema racionalista. Todos iguales, todos organizados de forma similar. Andalucía, ni Castilla, ni Galicia tenían porqué respetar ni guardar instituciones antiguas que no habían tenido y de las cuales estaban ya casi totalmente olvidadas. Pero eso aquí, en cambio, dolía mucho porque todavía estábamos viviendo de un resto, al menos, de esas instituciones que nos garantizaban unas ciertas formas de libertad que, después, el régimen constitucional no solamente no superó, sino la verdad, es que a veces no consagró ni de la forma más mínima. Entonces tiene que producirse el choque. La Constitución desde el primer momento es enemiga del Fuero».
Choque frontal
A su juicio, la Constitución de 1812 es el primer caso de choque frontal con el régimen foral. Y para él, la diferencia estriba en que la misma es una creación puramente racional, que no suele pisar tierra; mientras el Fuero es, en cambio, la realidad viva. «La lucha de todos estos últimos años está entre la constitución de una sociedad moderna, en cierto modo concebida en laboratorio, sin poner los pies en el suelo, y los elementos conservadores que quieren poner el pie en el suelo y agarrarse a lo tradicional. Lo cierto es que el auténtico progreso consiste en no seguir ninguna de esas dos líneas, sino en ir hacia adelante. Hay que crear formas nuevas sin despreciar los elementos reales que tenemos». En este sentido piensa que la disposición adicional primera de la actual Constitución, trata de conciliar las dos cosas. «El problema hasta qué punto pueden ser conciliables. Yo tengo mis dudas».
Cree que el régimen foral no queda garantizado en la Constitución, porque piensa que ésta es el resultado de una elaboración puramente doctrinal de personas que han racionalizado mucho el esquema que quieren para España, inspirándose además en fuentes extranjeras. «Se hizo el esquema y la disposición adicional dice, ahora encajamos esto aquí. Creo que el punto de partida tema que haber sido al contrario. Haber dicho, España es lo que es, pero en ella existen unos territorios que tienen su estructura, sus exigencias, su vida propia. Vamos, entonces, sobre esta base, a crear el Estado. Lo que se ha hecho es todo lo contrario».
Le parece evidente que el Estatuto vasco concede un régimen de autonomía bastante amplio, y que, sin duda alguna, es un instrumento jurídico de autogobierno. El problema, añade, viene de manos de las interpretaciones restrictivas. Y piensa que Estatuto y regímenes forales se pueden casar perfectamente, siempre y cuando no se piense en el pasado como verdad absoluta.
Está convencido de que lo que pidió el pueblo de la mayor parte del Estado español fue una descentralización administrativa grande «pero por supuesto ni Andalucía, ni Castilla, ni otras regiones han apetecido nunca una autonomía profunda, una autonomía política, unas formas de autogobierno. Creo que se ha suscitado el tema porque ha habido personas interesadas que han presentado la autonomía vasca y catalana, como sistema de privilegio».
Nostálgicos
Considera que las autonomías vistas desde un territorio que nunca ha tenido sentimiento autonomista son difíciles de entender, porque para que un castellano, un andaluz, un extremeño llegue a entender la autonomía, tiene que palpar ventajas prácticas. Y asegura Celaya que ha oído a un presidente de Diputación afirmar «¿para qué me sirve la autonomía? ¿qué me da?». Convencido de que las autonomías tienen que funcionar «y funcionar unos cuantos años para entender que están arraigadas» advierte que mientras esto no ocurra «está claro que los nostálgicos no faltarán. Hay que reconocer que en la doctrina de los juristas cada vez tiene más partidarios y mayor defensa el Estado autonómico”.
«Lo que sucede —termina— es que al Gobierno central le cuesta mucho trabajo ceder competencias, vaciarse, porque cuando las autonomías se desarrollen a tope algunos ministerios sobrarán. Y eso no gusta. Y sobre todo más que en los políticos, la resistencia está en los funcionarios. Se han puesto como meta Madrid. Y se hace difícil quitarles esa idea de la cabeza y vaciar a Madrid de competencias”.
LTH: «UNA TENSIÓN INEVITABLE»
No ha madurado todavía el segundo volumen sobre «Derecho autonómico vasco», texto que concluirá a final de año. No obstante, traza las líneas de su análisis y se enfrenta a desmenuzar la polémica LTH desde un punto de vista jurídico.
Cree que lo más peculiar y característico del Estatuto de Gernika es el Concierto Económico. Le distingue de todos los demás. Pero también el Concierto Económico posee la peculiaridad de ser interterritorial, porque tiene como sujetos a las tres diputaciones y ésta es otra nota distintiva de la comunidad vasca. Adrián Celaya recuerda que el informe de la comisión de expertos de la LO APA y los pactos autonómicos se planteó el problema de qué hacer con las provincias.
«Entonces examinaron dos prototipos, Cataluña, en la que la Generalitat tiende a que éstas desaparezcan, y el de Euzkadi, en el que al revés, las provincias —y esta palabra no me gusta— los Territorios Históricos tienen una tradición y arraigo que no aparecen en Cataluña». Reconoce que esta nota de los TH es también característica del País Vasco. Como tal no ha tenido unidad política nunca, «pero ahora surge un elemento nuevo, y es que las personas que integran estos territorios, ya a partir del XVIII han descubierto que tienen una identidad común, que por encima de ser vizcaínos, guipuzcoanos o alaveses, son vascos. Y esto lleva a la constitución de una comunidad autónoma que no es provincial sino un territorio superior que es Euzkadi. No se puede vaciar de competencias a esa comunidad territorial».
En su opinión, las diputaciones tienen que renunciar a algo en beneficio de esa comunidad superior, pero, por otro lado, ésta tampoco puede olvidar que hay unas comunidades históricas «que no son sólo historia sino sociología, es una realidad evidente, y que, por tanto, estos territorios tienen que tener unas competencias propias. La LTH tenía que lograr un equilibrio entre esas dos fuerzas contrarias».
Asegura sin titubeos que los análisis que él conoce de la ley han sido realizados todos desde el punto de vista político, de partido «y eso ciertamente no me vale. Creo que son superficiales. A mí me parece que el hecho de que exista una tensión entre la línea centralista, Vitoria, y la separatista, diputaciones, es inevitable. Pero no me parece grave. Sí lo sería si la tensión se produjera entre los propios Territorios Históricos, porque podría poner en peligro la comunidad misma. Y como es una comunidad muy reciente, hay que tener mucho cuidado en que no haya esas tensiones.
(Deia, 13.06.1984)
Vaya, qué dirán los de UPN cuando se enteren de esto, que juegan a la vez a ser foralistas y constitucionalistas.
Publicado por: Sony | 01/19/2020 en 12:34 a.m.